Los contratos son asuntos del día a día en las organizaciones. Sé que te imaginaste una hoja con toda la formalidad posible y tal vez viste también una firma en la parte inferior derecha. Es la que se nos viene a la mente al hablar de contratos, pero no es el único tipo de contrato que se da en las empresas. Existe uno que no requiere de una hoja o algún material físico. Va más allá, este contrato quizás pocos lo conozcan: el contrato psicológico.
Ahora veremos con mayor detalle acerca de este contrato psicológico, no sin antes conocer un poco más del contrato jurídico y la relación que puede haber entre estos contratos.
Índice de contenido
CONTRATO JURÍDICO
CONTRATO PSICOLÓGICO
¿La incorporación a una organización implica la necesaria configuración de ambos tipos de contrato?
Sí, al momento en que se incorpora a alguna organización es necesario configurar contratos jurídicos y psicológicos. Será necesario el contrato jurídico, pues desde un inicio se deben tener en claro; es decir, hacer explícito las normas a cumplir dentro de la organización, las funciones a realizar dentro de ella, la remuneración que será retribuida por el cumplimiento de dichas funciones.
Los términos y condiciones establecidos en dicho contrato se deben asumir y cumplir bajo obligación. Asimismo, el contrato psicológico se dará de manera automática, pues siempre andamos formando expectativas acerca de lo que haremos. Así, el individuo formará expectativas de la organización a la cual integrará y viceversa.
En el transcurso, ambos notarán o percibirán si se están cumpliendo o no las expectativas formadas en un inicio y se hablaría entonces de una ruptura de contrato psicológico. Las expectativas formadas en dicho contrato se pueden cumplir o no. Hay que tener en cuenta que el incumplimiento de las expectativas llevará a efectos negativos en términos de satisfacción laboral, compromiso organizacional, en el rendimiento, etcétera.
TRES ASPECTOS CONTENIDOS EN UN CONTRATO JURÍDICO
¿ESTOS ASPECTOS DEL CONTRATO JURÍDICO DEBEN GUARDAR CORRESPONDENCIA CON LOS ASPECTOS DE UN CONTRATO PSICOLÓGICO?
¿CUÁL ES LA NATURALEZA DE LOS ASPECTOS COMPRENDIDOS EN UN CONTRATO PSICOLÓGICO?
Según Muchinsky la naturaleza del contrato psicológico es de dos tipos, transaccional y relacional. Cita a Rousseau en que el contrato psicológico consiste en un continuo que va de lo transaccional a lo relacional. Los contratos transaccionales se caracterizan por ser de tiempos cortos y obligaciones específicas. La mejor compensación es por medio de recursos financieros. Se basan en el propio interés (2004, p.249). La implicación personal y emocional es limitada. No se interesa en el desarrollo personal del trabajador, sino más bien en las habilidades que ya tenía. Los términos de su contrato son explícitos y no dan lugar a ambigüedades (Palací, 2005, p.107).
Por otro lado, los contratos relacionales se basan en un compromiso indefinido y en la confianza entre ambas partes. La relación es de tiempo indefinido y además “concierne a la persona en su totalidad”. Está bajo una condición dinámica y flexible que hace al contrato sujeto a cambios. A la persona involucrada le afecta en varios ámbitos, no sólo en lo laboral, sino también en lo social y familiar. Se van modificando los términos con el paso del tiempo (Palací, 2005, pp. 106-107). Se valora más a la relación que al interés propio. Así, una parte da prioridad a los intereses de la otra parte sobre los suyos propios (Muchinsky, 2004, p.249).
ASPECTOS IMPLÍCITOS EN UN CONTRATO PSICOLÓGICO DESDE LA PERSPECTIVA DEL INDIVIDUO
ASPECTOS IMPLÍCITOS EN UN CONTRATO PSICOLÓGICO DESDE LA PERSPECTIVA DE LA ORGANIZACIÓN.
Muchinsky, P. (2004). Psicología aplicada al trabajo (1º ed.) España: Thomson.
Luthan, F. (2008). Comportamiento Organizacional (11º ed.). México: McGraw Hill.
Muchinsky, P. (2004). Psicología aplicada al trabajo (1º ed.) España: Thomson.
Palací, F. (2005). Psicología de la Organización (10º ed.). España: Pearson Educación.
Robbins, S. (1999). Comportamiento Organizacional (8º ed.). México: Prentice Hall.
Robbins,
S. (2004). Comportamiento Organizacional (10º ed.). México:
Prentice Hall.